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viernes, abril 19, 2024

De la ignorancia garrafal de la Carta Magna

Hay que defender a la Constitución de los legisladores ignorantes.

A Elisur, a Nicolas, a Daniel, los constitucionalistas.

1.-El artículo 76 fracción V de la Carta Magna indica:

“V.- Declarar, cuando hayan desaparecido todoslos poderes constitucionales de una entidad federativa, que es llegado el caso de nombrarle un titular del poder ejecutivo provisional, quien convocará a elecciones conforme a las leyes constitucionales de la entidad federativa. El nombramiento del titular del poder ejecutivo local se hará por el Senado a propuesta en terna del Presidente de la República con aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes, y en los recesos, por la Comisión Permanente, conforme a las mismas reglas. El funcionario así nombrado, no podrá ser electo titular del poder ejecutivo en las elecciones que se verifiquen en virtud de la convocatoria que él expidiere. Esta disposición regirá siempre que las constituciones de las entidades federativas no prevean el caso.”

2.-El artículo 2 de la LEY REGLAMENTARIA DE LA FRACCION V DEL ARTICULO 76 DE LA CONSTITUCION GENERAL DE LA REPUBLICA, establece:

“ARTICULO 2o.- Se configura la desaparición de los poderesde un Estado únicamenteen los casos de que los titulares de los poderes constitucionales:

 I.- Quebrantaren los principios del régimen federal.

 II.- Abandonaren el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor

 III.- Estuvieren imposibilitados físicamente para el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos o con motivo de situaciones o conflictos causados o propiciados por ellos mismos, que afecten la vida del Estado, impidiendo la plena vigencia del orden jurídico.

IV.- Prorrogaren su permanencia en sus cargos después de fenecido el período para el que fueron electos o nombrados y no se hubieran celebrado elecciones para elegir a los nuevos titulares.

V.- Promovieren o adoptaren forma de gobierno o base de organización política distintas de las fijadas en los artículos 40 y 115 de la Constitución General de la República.

3.- En una solicitud (sic) senadores (con minúscula), del grupo morena (con minúscula) consideran que se ha configurado por la inseguridad y las muertes constantes, la desaparición de todos los poderes en el Estado de Guanajuato y solicitan gobernador provisional.

4.-Lo irónico es que los que se supone firman esa solicitud, aducen los mismos artículos que trascribo. Y indican que “(…) ya que al menos 343 personas fueron asesinadas en 31 de los 46 municipios de la entidad y se sostiene que “en promedio 12 personas perdieron la vida cada día, es decir una víctima cada dos horas.”“(…) el orden consagrado en nuestra Constitución Federal se ha visto quebrantado en el Estado de Guanajuato ya que no es posible que sus habitantes vivan en paz ni puedan desarrollar sus actividades de manera normal, encontrándose en peligro su vida día con día. – Asimismo, el orden jurídico se encuentra quebrantado, no hay seguridad jurídica para que las instituciones públicas, principalmente las de seguridad, desarrollen las funciones que constitucional y legalmente tienen encomendadas”.Es decir, los senadores están muy preocupados por las muertes de los guanajuatenses, más que por leer bieny cumplir con la Carta Magna.

5.-Sospecho que esos firmantes legisladores federales, de morena (con minúscula no tienen razón, ni justificación y mejor deberían dedicarse a estudiar, a leer bien lo que proponen y a formular propuestas -por favor- correctas.

6.-Es curioso que las noticias indican que igual desaparición de poderes quieren los de morena (con minúscula) para Tamaulipas que tiene gobernador panista.

7.-Y más tosco y grotesco que el partido azul, el pan, calque ello para Veracruz y pidan igual declaratoria, aduciendo motivos semejantes. ¿Que no tienen labores más altas? 

 COLOFON: La Constitución indica:“(…) cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de una entidad federativa (…) Y la Ley reglamentaria: “(…) la desaparición de los poderesde un Estado (…)”. Entonces habría que pensar en la desaparición de los trespoderes, no en el poder Ejecutivo, solamente.Menos puede darse ese supuesto.

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