Apenas pasaron dos semanas que coinciden con los tiempos de la Semana Mayor y de Pascua y que se tenga o no en las prioridades vivir con reflexión, sentir con la iglesia católica, participar en los oficios litúrgicos de esos días, la realidad es que cambian los ritmos de actividad, se cierran las escuelas, muchas familias prefieren tomar días de vacaciones, toda la actividad, inclusive la del Poder Legislativo y la de la agenda legislativa de la presidenta, también entraron en pausa.
Los legislativos de la presidencia; que no me refiero a los que cobran en el Poder Legislativo y que se les llama diputados o senadores, me refiero a los que cobran en los despachos de asesoría para la Presidencia de la República, o para el partido oficialista (me refiero a las tribus políticas que reencarnan las viejas prácticas del sistema político mexicano, y que eran representados por los priístas simpatizantes de izquierda que hoy siguen siendo los mismos, pero ahora disfrazados del movimiento de renovación nacional; con las mismas prácticas, sólo que ahora quien dirige la estrategia son las tribus de izquierda y quien aterriza la estrategia son los operadores políticos que aprendieron en el viejo PRI).
Es decir, el expresidente López, que aprendió de las más refinadas prácticas autócratas del viejo PRI encontró la fórmula de protección de sus espaldas en una maniobra en la que le cede el poder del gobierno a los grupos de izquierda, con la condición de continuar con la estrategia de desmantelamiento de las estructuras democráticas del país, ofreciendo mantenerse al margen de la siguiente etapa, siempre y cuando se sigan respetando sus decisiones, entre ellas los espacios políticos de los hijos de éste, el flujo de los recursos económicos de sus patrocinadores y la culminación del desmantelamiento de los organismos autónomos de este país que son, sin lugar a duda, un sostén para la vida democrática del país.
El segundo piso de la transformación que dirige la presidenta actual, es el modo coloquial de llamarle al desmantelamiento de las estructuras democráticas del país para ser factible el tránsito de una confusa situación, resultado de una gestión autócrata en el sexenio pasado a una clara situación de un país en antesala de una dictadura de izquierda, similar a las dictaduras promovidas en centro y sudamérica, similar a las dictaduras, promovidas antes de la caída del muro de Berlín, similar a la dictadura que busca el actual gobierno de España.
En cierto modo, sólo han cambiado los factores de equilibrio en estas alianzas. El grupo dominante hoy es el que saca a relucir sus antecedentes de militancia en los movimientos de la izquierda y el que hace lo posible, porque no se conozcan o no se revisen sus antecedentes. Hoy son los operadores al servicio de la estrategia dictada desde las tribus de izquierda que tienen el control político del gobierno.
La iniciativa de reforma a la ley de telecomunicaciones y radiodifusión es un ataque a la libertad de expresión, es un retroceso contra el pluralismo y la competencia, en una sesión donde la iniciativa de ley es recibida unas horas antes, aparentemente discutida por las comisiones respectivas, aprobando, la creación de la agencia de transformación digital y telecomunicaciones con la facultad de bloquear plataformas digitales, cuando sea solicitado por las autoridades competentes, aunque no han sido definidas, cuáles son estas en caso de incumplimiento a disposiciones u obligaciones previstas en la respectivas normas que les sean aplicables… lo que cada quien, estimado lector, quiera entender.
La redacción actual de la iniciativa da condiciones para llevar a cabo una restricción extrema a la libertad de expresión en Internet, sin la necesidad de una orden judicial que determine que un contenido o una acción es ilegal o de gravedad para justificar dicha medida; el bloqueo de las plataformas digitales enteras constituye una medida extrema, semejante al cierre de una estación de radio de televisión, que no puede justificarse mediante la prohibición de censura previa que establece la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
En la iniciativa, ya votada en comisiones en el Congreso y cuestionada por todos los medios de comunicación del país, excepto los que ahora viven en el presupuesto gubernamental, contiene en el artículo 109, las facultades que se le entregarán para determinar los procedimientos, parámetros o estándares para realizar el bloqueo de plataformas digitales, ignorando que, para que las restricciones a la libertad de expresión sea legítimas, deben estar establecidas por ley, de manera clara y precisa, por lo que dicha tarea corresponde al Congreso de La Unión, y dichos parámetros deberían estar contenidos en la ley. De acuerdo con estándares internacionales sobre libertad de expresión Este tipo de restricciones deben ser medidas de carácter excepcional, estar definidas en la ley, de forma precisa y clara y bajo estrictos, criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
En el artículo ocho, fracción 65, se prevé que la agencia tenga la facultad de expedir los lineamientos para el registro de usuarios de servicios móviles que estará a cargo de los concesionados y en su caso autorizados de dicho servicio y será de observancia obligatoria. De este modo, la iniciativa prevé la creación, nuevamente, de un registro similar al fallido padrón nacional de usuarios de telefonía móvil, que fue declarado inconstitucional por la suprema corte de justicia de la nación en el año 2022.
También existe este propósito de control de patrones y de listados en otras iniciativas que coinciden con esta por ejemplo la ley general del sistema de seguridad pública y la ley del sistema nacional de investigación e inteligencia en materia de seguridad pública que están pendientes en la Cámara de Diputados, también tienen como parte de su contenido, la creación de bases de datos, exactamente similar al padrón nacional de usuarios que prevé esta iniciativa ley, aunque se llaman de otro modo.
La ley le da facultades a la agencia, para que permita a las autoridades, la consulta de este presumible registro conforme a criterios que establezca la agencia en los lineamientos que ellos decidan; es decir, una vez más, se deja a la discreción de la dependencia, definir que autoridad podrá tener acceso a toda la información, y bajo qué procedimientos y con qué salvaguardas, en el artículo 161 le dan facultades a las instancias de seguridad pública, federales y de seguridad nacional para fabricar, comercializar, adquirir, instalar, portar y operar equipos que bloqueen, cancelen o anulen, señales de telefonía, celular, de radio-comunicación o de transmisión de datos o imagen, la absoluta falta de claridad, respecto a las atribuciones a que se hace referencia, abren las puertas a que autoridades pretenden llevar a cabo restricciones arbitrarias de los servicios de telecomunicaciones, como los que hoy se conocen como apagones de internet, cuyos gravísimos efectos de daño a los derechos humanos han sido ampliamente referidos.
Aunque es conocido que se ha generado una especie de conflicto con relación a la votación, en el pleno del Senado de la República, de esta iniciativa, es una triste realidad, lamentable realidad que los legisladores que cobran en el Senado, o en la Cámara de Diputados, no son considerados confiables, por su propio movimiento, por las tribus que controlan la política gubernamental de este país, y aunque existe conciencia de qué se está actuando de manera irresponsable; los senadores lo que hacen es obedecer las instrucciones de los que hacen las leyes y que sólo obedecen a los que dirigen las tribus dentro del poder ejecutivo.
La presidenta en su programa de propaganda mañanero, ha reconocido que la ley le hace falta hacer correcciones en la redacción y en el fondo de su estructura, la ley como está contiene riesgos graves para el respeto a la libertad de expresión a la privacidad y a la seguridad de las personas usuarias de estos mecanismos de comunicación, por lo que, aunque parezca una necedad ciudadana, hacemos un llamado respetuoso a los legisladores( los que cobran en los poderes legislativos.) para que recapaciten y ya analizando la ley, actúen con responsabilidad para evitar la aprobación mediante un fastrack, una iniciativa que afectaría los derechos humanos de los ciudadanos de nuestro país.
En el artículo 185, la iniciativa de ley indica que es la Secretaría de Gobernación, la encargada de vigilar y supervisar que la publicidad que se transmita mediante servicios de radiodifusión, de televisión o audio restringidos y en plataformas digitales, no contravengan las disposiciones previstas en el artículo 210 es decir, la nueva autoridad vigilante de la ley será la Secretaría de Gobernación.
Está muy claro que el propósito de la reforma de telecomunicaciones pretende establecer los fundamentos constitucionales, legales para la creación de una nueva arquitectura jurídica, institucional, regulatoria y de competencia en el sector de las telecomunicaciones y de la radiodifusión, hasta aquí, todo estaría muy bien, excepto el aberrante propósito de manipular los argumentos para caer en el escenario de incumplimiento con la ley, según el criterio y las conveniencias políticas de la autoridad en turno, es decir, en materia de telecomunicaciones, lo que se está proponiendo, es una medida de dictadura para, justificados en la ley, establecer las restricciones que al gobierno en turno, así le convengan.
Me uno solidariamente al pésame por la muerte del papa Francisco, he seguido con atención los acontecimientos protocolarios de despedida del santo padre y hago votos, porque el nuevo sucesor de Pedro traiga las mejores noticias para la humanidad y para los fieles católicos del mundo. Descansa en paz Papa Francisco.