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jueves, abril 18, 2024

Día Internacional de los Derechos Humanos

Día Internacional de los Derechos Humanos.

Es una excelente oportunidad para pensar que un día de conmemoración no suple un año de observación por parte de los ciudadanos y las autoridades que democráticamente la sociedad se ha dado.

No es sólo un asunto de política pública, es principalmente una agenda trasversal, quiere decir que es un asunto que atañe a todos, sin importar la edad, la ocupación, la responsabilidad que se tenga ante la sociedad, la profesión, el estado de ánimo, etc.

Las características de la transversalidad se distinguen porque atañen a todos, pero sin igualarlos, sin uniformarlos en su manera de pensar, sin que se les trate a todos por igual, destacando que lo primero que distingue a una persona de otra es su unicidad, es decir, el ser humano es único e irrepetible. Aquí está la premisa mayor para darle el enfoque de transversalidad al asunto de los derechos humanos, que se conmemoran este lunes.

El énfasis en que las personas somos únicas e irrepetibles reafirman la obligada relación entre los seres humanos , desde su propia perspectiva, los seres humanos no necesitamos intérpretes, representantes, administradores, guías, orientadores, etc. de nuestras vidas si no lo decidimos los propios ciudadanos según nos interese, nos guste, nos convenga, simplemente, si queremos.

A este modo de tratar a una persona, donde se reconoce la capacidad que tenemos los humanos de tomar nuestras propias decisiones, le llamamos trato digno, es por tanto, un asunto de dignidad, que se respete la propia naturaleza humana, el respeto a la dignidad de la persona humana es la expresión que resume toda una agenda de vida de una persona, de una comunidad cercana, llamada familia, de un entorno próximo llamado comunidad, de un entorno distante llamado sociedad.

Esta relación de la persona con su entorno es el escenario de las relaciones sociales donde está a prueba nuestra capacidad de respetar los derechos de los demás, asumiendo nuestras obligaciones para con los demás.

Así que, como se ha dicho no hay derechos sin obligaciones, no hay derechos sin responsabilidades.

El respeto a los derechos humanos es igual que el respeto a la dignidad de ser persona, porque el respeto es en función a la dignidad humana, no en función al derecho. Este, el derecho, también está en función a la dignidad humana, de no ser así, pierde su razón de ser, no hace ningún bien el derecho por el derecho mismo; es un tecnicismo innecesario, solo sirve para los discursos, ayuda a mentir y no comunica que lo importante es reconocer la dignidad de ser persona.

El día internacional de los derechos humanos es en realidad el día del respeto a la dignidad de la persona humana, así nada más, por el solo hecho de ser persona.

Y desde cuando se es persona? Desde la concepción del ser humano se es persona, la dignidad se tiene por SER PERSONA.

Así que el primero de los derechos y sin el cual no tiene sentido hablar de derechos humanos es el derecho a vivir, el respeto a la vida de otra persona, es en esencia el respeto a los derechos humanos.

La dignidad humana no es un producto sociológico, no es un invento de nuestros tiempos, tampoco es una corriente doctrinal, es el reconocimiento de la naturaleza humana y de sus relaciones entre los seres humanos, que es educado para su mejor entendimiento con los demás y que merece siempre el respeto de los demás.

A la persona y su relación con la autoridad social le llamamos ciudadano, la autoridad se tiene por el acuerdo social de reconocer a otra persona como autoridad, pero ésta otra persona no es más digna que el ciudadano, son idénticos en dignidad, diferentes en responsabilidad. Por lo que respetar los derechos humanos es de mayor obligación a la autoridad que al ciudadano común, ésta mayor obligación se desprende de su responsabilidad ante el resto de los ciudadanos y nada le disculpa respetar la dignidad de las personas; por estas razones se entiende que cuando un servidor público cumple su función haciendo uso indebido de los recursos públicos comete un grave delito, en razón del daño que provoca a los ciudadanos.

El funcionario está obligado a saber el alcance de sus acciones y también de los daños derivados de su incompetencia, pues al aplicar una política pública donde se desvían recursos para fines no previstos en la ley o bien, derivados de una interpretación mal intencionada, afecta a todo un grupo de ciudadanos “pisando su dignidad”, es decir, violando sus derecho humanos.

Dañar las expectativas de un ciudadano, cuando se modifica una política pública, por la incompetencia del servidor público, afecta los derechos humanos, la mayoría de las veces, de manera irreversible.

Así que si eres un ciudadano común, como el que esto escribe, bienvenido el día de los derechos humanos.

Hasta la próxima en PROSPECTIVA.

 

Correo electrónico: gmg@gerardomosqueda.com.mx Twitter:

http://twitter.com/MosquedaGerardo

 

Gerardo Mosqueda
Gerardo Mosqueda
Presidente del Instituto de Administración Pública de Guanajuato. Correo electrónico: gmg@gerardomosqueda.com.mx Twitter: @MosquedaGerardo Facebook: gerardomosqueda

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