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jueves, abril 18, 2024

Las mujeres y la justicia

El derecho es un fenómeno que de forma consciente o inconsciente por el que vivimos e interactuamos todos los días.  Ya sea que vayamos de compras, usemos el transporte público o acudamos a la universidad. La vida cotidiana la efectuamos y la entendemos gracias a un estado de derecho, sistemas de normas  e instituciones formales e informales.

La filosofía no es distinta en este sentido al derecho, por ella podemos entender al mundo desde una visión múltiple, más profunda y compleja. Ella ha sido para las mujeres una ventana a la lucidez, una puerta a nuevos mundos y un faro en tiempos de incertidumbre.

Innumerables autores han desarrollado teorías sobre la justicia y desigualdad social, que no es malo tener un punto de vista masculino, pero resulta insuficiente. Es difícil encontrar a mujeres en las bibliografías de los planes de estudio de las universidades como Hannah Arendt, Martha Nussbaum, Andrea Dworking, Judith Butler o Catharine MacKinnon. Ellas aportan su perspectiva  de filosofía feminista respecto a los problemas jurídicos. Aún son pocas las universidades que tienen programas de transversalización de género o de Derechos Humanos.

No es porque no sean valiosas estas autoras o dichos programas. La realidad es que las mujeres (en general en cualquier campo) han sido categóricamente invisibilizadas, dando por resultado una filosofía del derecho sesgada y  en consecuencia injusta.

Es por eso que la justicia si bien debe ser ciega, no lo puede ser ante el género, al menos hoy aún no y no sé si algún día deba serlo. En este orden de ideas, la filosofía precede a la construcción a la justicia, ya que uno de los objetos principales de la filosofía frente al derecho es dirimir la naturaleza de este.

Esto se cambia a través de las leyes, lenguaje, educación y políticas públicas. El precedente de todo ello es la filosofía que hace visible lo que es invisible para los demás. Por ello es impostergable la implementación de la perspectiva de género ante dichos entes. Esto se logra agregando mujeres filósofas en las construcciones de dichos instrumentos.

Las mujeres mexicanas tuvieron reconocido el derecho al voto a partir del año 1953. Derivado de esta misoginia legislativa, el día de hoy aún no hemos tenido ninguna mujer presidenta. Así mismo se estima que únicamente el 21% de las tierras en México, son propiedad de mujeres[1] (PNUMA, 2004).

Para lograr esta igualdad sustantiva aún nos quedarán muchas luchas por recorrer y campos en los cuales incursionar, uno de ellos es el de la justicia. Como hemos visto todos los días en las noticias aún nos encontramos ante leyes, instituciones, servidoras y servidores públicos con una visión muy sesgada y parcial. Todos los días nacen nuevas víctimas como Mariana Lima Buendía, Dafne vs Los Porkys y la pequeña “Calcetitas rojas”.

En conclusión no puede haber justicia sin perspectiva de género. Y no se puede preceder a la construcción de la Teoría general del derecho una filosofía que no esté hecha por y para las mujeres.

 

[1] En esta estadística influye que hasta la Ley Agraria de 1992, las mujeres no podían heredar parcelas ejidales, ya que no tenían derechos sucesorios, no se consideraba esta posibilidad en la ley.

PNUMA. (2004). La mujer y el medio ambiente. Nairoby.

María Isabel Puente Gallegos
María Isabel Puente Gallegos
Abogada por la Universidad de Guanajuato, Maestra en Derechos Humanos y Doctoranda en Sostenibilidad por la Universidad de Valencia, España. Activista. Fanática de la Fiera. mapuenga@alumni.uv.es Facebook: María Isabel Puente

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