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viernes, abril 26, 2024

Aprobación en Comisión de Ley de Búsqueda de Personas no convence a colectivos

Guanajuato, Gto. Colectivos de búsqueda, reclamaron a los diputados locales el no haber escuchado su voz ni tomar en cuenta las observaciones de familiares de personas desaparecidas al aprobar en las Comisiones Unidas de Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables, el dictamen de la Ley de Búsqueda de Personas Desapreciadas.

Durante varios meses, los colectivos de búsqueda hicieron varias recomendaciones a los legisladores para tener una ley que garantizara sus derechos, se realizaron varias mesas de trabajo en donde los familiares de desaparecidos relataron el testimonio de su situación.

Foto: especial.

Hace algunas semanas, la presidenta de las Comisiones Unidas, Libia Denisse García Muñoz Ledo reveló que ya tenían listo el dictamen de la Ley de Búsqueda de Personas Desapreciadas, y solo había que hacerle algunas modificaciones de “forma”.

La representante legal de los colectivos, Marcela Villalobos señaló que las últimas observaciones que realizaron eran de “fondo”, y en esperaban que fueron tomadas en cuenta con los diputados.

En sesión de las la Comisiones Unidas de Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables este martes, se puso a consideración el dictamen de la Ley de Búsqueda de Personas Desapreciadas, el cual fue aprobado por unanimidad de votos.

Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables. Foto: especial.

Durante la sesión, García Muñoz Ledo hizo un recuento del proceso que llevó hasta la dictaminación, y aseguró que la mayoría de las observaciones de los familiares y colectivos, fueron plasmadas en la ley.

Sin embargo, a través de un comunicado, los colectivos “Sembrando Comunidad”, A tu encuentro Irapuato” y “Justicia y Esperanza”, denunciaron que los diputados locales no plasmaron recomendaciones importantes en la Ley de Búsqueda de Personas Desapreciadas.

Dentro de los puntos que no fueron incluidos se encuentra la ‘responsabilidad de superiores jerárquicos’, para establecer sanciones penales a funcionarios de alto rango que sean omisos en su labor.

Otro de los puntos que los colectivos consideran de gran importancia era el ‘registro estatal de fosas’; además de un fondo para subsidiar las funciones y atribuciones de la Comisión Estatal de Búsqueda.

Foto: Tere Segura. (Archivo).

Los colectivos señalaron que el proyecto de la ley, no cumple con las necesidades mínimas para atender de forma efectiva la búsqueda y la investigación de las desapariciones.

“Las familias lamentamos que nuestro esfuerzo para aportar la experiencia y el conocimiento sobre las deficiencias del Estado no haya sido considerado por quienes nos deberían representar en el Congreso del Estado”.

Las familias de personas desaparecidas pidieron a los integrantes de las Comisiones Unidas, no votar a favor el dictamen de la ley y retomar las observaciones emitidas.

Aquí las recomendaciones hechas por los colectivos:

  1. Responsabilidad de superiores jerárquicos: es necesario regular la responsabilidad de superiores jerárquicos de jure o de facto. Existe una obligación de reconocer esta forma de responsabilidad conforme al artículo 6 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada, de la cual México es parte.
  2. Fideicomiso Estatal de Desaparición: se sugiere incluir en la Ley un Fondo para las funciones y atribuciones de la Comisión de Búsqueda del estado y para el cumplimiento del objeto de la Ley. Se contempla como un mecanismo de asignación de recursos suficientes provenientes de diversas fuentes.
  3. De la Disposición de Cadáveres de Personas: es necesario regular la gestión de cadáveres de personas fallecidas y sin identificar y que facilite su posterior identificación y una adecuada conformación del Registro Estatal de Personas Fallecidas y No Identificadas.
  4. Geolocalización y resguardo de los registros de cámaras de video públicas y privadas: se debe incorporar estas dos atribuciones expresas, ya que sigue siendo una realidad que los agentes del Ministerio Público de las fiscalías omiten la realización de estas diligencias consideran urgentes que se básicas y en la investigación y búsqueda de personas. Se trata de diligencias que se deben llevar a cabo en las primeras horas para que ayuden a la localización con vida de la persona.
  5. Registro Estatal de Fosas: para integrar de manera adecuada el Registro Estatal de Fosas que refleje la realidad del contexto estatal, es necesario que se reconozcan las diferentes tipologías de lugares en los cuales se puede disponer o depositar un cuerpo de manera legal o ilegal. Se opta por conservar el nombre de Registro de Fosas porque es la manera más común de nombrar a este tipo de registros.
  6. Mecanismos de búsqueda de personas migrantes desaparecidas: Incluir en la Ley cuestiones sobre la búsqueda y localización de personas en contextos de migración que han sido reportadas como desaparecidas.

Se justifican diputados

Al respecto, Libia Denisse García Muñoz Ledo argumentó que, en el caso de las fosas, no se incluyó el término al decir que no existe una definición homologada; señaló que en la Ley General de Desaparición Forzada de Personas no maneja uno, mientras que la Comisión Nacional de Derechos Humanos, sí y Alejandro Encinas en su informe de fosas ha planteado otra distinta.

“La Ley General no considera una definición, la CNDH ha plateado una definición, Alejandro Encinas en su informe de fosas ha planteado una definición distinta, entonces corríamos el riesgo de que estableciendo una definición pudiéramos dejar fuera otros factores”.

Sobre la responsabilidad penal del superior jerárquico, García Muñoz Ledo justificó que el Congreso del Estado no tiene la atribución de legislador para la aplicación de sanciones penales, situación que compete al Congreso federal.

Libia Denisse García Muñoz Ledo. Foto: Germán León.

Recordó que en le Ley de Búsqueda de Personas Desapreciados solo se plasmaron sanciones administrativas, que van desde amonestaciones hasta la inhabilitación de los funcionarios públicos, en los que se incluye a los superiores.

“Todos los delitos que sean materia de desaparición como lo es la responsabilidad penal del superior jerárquico, solamente son competencia para legislador del Congreso federal, lo que sí hicimos en base a su aportación fue incorporar un régimen de sanciones administrativas para los servidores públicos que incluyen la responsabilidad del superior jerárquico, la responsabilidad administrativa”.

Aprueban Ley de Víctimas; incluyen Sistema Estatal de Atención a Víctimas

Por otro lado, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales aprobó el dictamen de la Ley de Víctimas, en el cual, y por exigencia de familiares de personas desaparecidas de León y activistas, adicionaron el Sistema Estatal de Atención a Víctimas.

Al igual que en el caso de la Ley de Búsqueda de Personas, los diputados locales señaron tener listo el dictamen de la Ley de Víctimas; apenas el lunes el Observatorio Ciudadano de Derechos de las Víctimas exigieron que se incluyera el Sistema de Atención a Víctimas.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. Foto: especial.

En la sesión de la Comisión, Libia Denisse García Muñoz Ledo reveló que sí se incluirá la observación en la normativa; en entrevista explicó que el Sistema dará seguimiento a las denuncias que realizan las víctimas de delitos o violaciones a derechos humanos.

García Muñoz Ledo explicó que en la ley de establece que el fondo de atención a víctimas que tiene la Fiscalía General del Estado que hasta el año pasado era de cerca de 40 millones de pesos, ahora estará a cargo de la Comisión Estatal de Atención a Víctimas.

Van a aprobación del Pleno

Tanto el dictamen de la Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas como el de la Ley de Víctimas, aún deberán ser aprobado por el Pleno del Congreso en sesiones próximos.

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