Guanajuato. Durante el año que ha durado la pandemia, el Cereso Federal de Ocampo no ha implementado protocolos para que los reos puedan ver a sus familiares o a su abogado. Incluso, solo algunos acceden a ello.
Así fue documentado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), quien hizo recomendaciones a centros penitenciarios federales por no cumplir con esas medidas.
Aunado a lo anterior se han reportado en el Cefereso 12, ubicado en Guanajuato, 113 casos positivos por coronavirus, así como una defunción y han recibido vacuna antiCOVID 79 personas privadas de su libertad que son mayores de 60 años, ubicándolo en el quinto lugar nacional.
La CNDH en su monitoreo nacional por COVID-19 en centros penitenciarios, con corte hasta el 20 de abril, registró 3 mil 390 casos confirmados positivos; 255 defunciones; 13 casos sospechosos, se han aplicado 2 mil 259 vacunas antiCOVID y se han registrado 3 riñas.
El pasado 16 de abril, la CNDH emitió la recomendación 21/2021 sobre la falta de criterios homologados en los centros federales de readaptación social en el país, durante la pandemia, pues en este periodo los reos no han podido ver a sus familias y en algunos casos a sus abogados.
Según el expediente de queja CNDH/3/2021/671/Q se informa que de los Ceresos federales ubicados en varias entidades, existe una falta de criterios homologados en los lugares de reclusión para el ingreso de visitas durante la pandemia. El único que permite una interacción entre personas privadas de su libertad, con sus defensores y familia, por medio de los locutorios y con medidas sanitarias está el de Nayarit.
Mientras que el que está ubicado en Coahuila sólo deja la interacción entre reos y abogados vía locutorios. En el caso del ubicado en el municipio de Ocampo en Guanajuato, se admite que ingrese la familia de algunos internos, pero no así del resto de la población penitenciaria de ese mismo lugar.
Después de las observaciones de la CNDH, el Cefereso de Ocampo Ocampo respondió en el oficio SSPC/PRS/CGCF/CFRS12CPS-GTO/DG2418/2021, que no se consideran viables las visitas familiares por el periodo que comprenda la contingencia, a excepción del ingreso de los defensores públicos o privados que acuden a visitar a sus defendidos y no opera el sistema de televisita.
La CNDH agregó que devela las necesidades, sobre todo de carácter afectivo y emocional, que para la población interna tiene con las restricción de visitas.
Se indicó que en el Cefereso del Estado de México se optó por emprender acciones favorecedoras y se concede una gama importante de opciones en conjunto para preservar tal derecho, como lo son ingreso de visitas familiares y de defensores por locutorio, televisita, llamadas extraordinarias. Incluso acceso a radio, televisión y actividades recreativas virtuales.
En contraste, en Coahuila y Guanajuato sólo se les concedió el ingreso de defensores vía locutorio, sin omitir mencionar que las llamadas ordinarias no constituyen una medida adicional adoptada en beneficio de los internos e internas durante la época de pandemia. Se informó que dicho derecho ya estaba previamente adquirido, por lo que no se ejecutaron mayores acciones.