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lunes, diciembre 2, 2024

Gobierno de Irapuato dice que acepta recomendaciones de PRODHEG por caso de Juan David

Irapuato, Gto. Sin emitir detalles, el gobierno de Irapuato se limitó a responder que aceptaron las recomendaciones de la Procuraduría de Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PRODHEG) al acreditar la omisión del DIF Irapuato y la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Irapuato (SSC) para garantizar el derecho humano de niñas, niño y adolescentes a una vida libre de toda forma de violencia de Juan David, menor desaparecido hace más de dos años.

Esto luego de que el 17 de junio la PRODHEG publicó la resolución en relación al caso del infante, quien fue víctima de violencia familiar por su padrastro y ahora expolicía, Miguel Ángel Barrón, un caso que vecinos de la colonia Urbi Villa del Rey reportaron a las instancias, sin que se haya hecho algo.

Incluso se mencionó a la Fiscalía General del Estado (FGE), que fue la excepción en cuanto a las recomendaciones que solo se centraron a las instancias municipales para que se elabore una investigación, además de capacitar en cuanto a los protocolos y lineamientos que se deben aplicar, sin omitir la atención psicológica a las víctimas indirectas-.

En rueda de prensa, esta semana la asesora jurídica y buscadora, Norma Patricia Barrón Nuñez insistió en la investigación al referir que fueron estás omisiones las que derivaron en la desaparición del menor, de quien a la fecha se ignora su paradero.

Las Recomendaciones 

PRIMERO. la persona titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Irapuato, Guanajuato, deberá instruir a quien legalmente corresponda para que se inicie una investigación por la autoridad competente; difundir y entregar al personal del Centro de Atención a Víctimas de Conductas Antisociales, y personal operativo de la Dirección General de Policía Municipal, el Protocolo Nacional de Coordinación Interinstitucional para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes Víctimas de Violencia; impartir una capacitación dirigida al personal operativo que participó en los hechos materia de esta resolución; y entregarles un tanto de esta resolución e integrar una copia a sus expedientes personales.

SEGUNDO. la persona titular de la Dirección General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Irapuato, Guanajuato, deberá realizar las gestiones necesarias para que se otorgue atención psicosocial a las víctimas indirectas; instruir a quien legalmente corresponda para que se inicie una investigación por la autoridad competente; ordenar la supervisión de los expedientes en trámite en la PAPNN; difundir y entregar al personal de PAPNNA los Lineamientos para la Protección y Restitución de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Guanajuato; impartir una capacitación dirigida a la persona titular de PAPNNA; y entregar un tanto de esta resolución a la persona titular de la PAPNNA e integrar una copia a su expediente personal”

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