León, Gto. La Dirección General de Gestión Ambiental de municipio de León no era la autoridad competente para evaluar y autorizar el proyecto City Center; ello de acuerdo con la respuesta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), en el procedimiento de Petición sobre la Aplicación Efectiva de la Legislación Ambiental que la Plataforma Salvemos el Humedal, Los Cárcamos inició ante la Comisión para la Cooperación Ambiental, con sede en Quebec, Canadá, en virtud del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte.
Así lo explicaron los integrantes de la Plataforma quienes adelantaron que presentarán una denuncia ante la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial (PAOT) del Estado de Guanajuato, por los daños ambientales del proyecto, conocido legalmente como City Park.
La postura de la Semarnat fue emitida, luego de que los activistas entregaran la Petición SEM-19-002 sobre la Aplicación Efectiva de la Legislación Ambiental en el caso del Proyecto City Park / CityCenter, que es un instrumento legal contemplado en el Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN).
El abogado y activista, Gustavo Lozano, señaló que la respuesta de la dependencia federal establece que el gobierno municipal, no era la autoridad competente para evaluar y autorizar el proyecto que implica la construcción de un centro comercial, dos edificios de veinte pisos y uno más de 16 niveles, justo a un costado del parque y humedal Los Cárcamos.
“Su conclusión finalmente es que el municipio de León no era competente para emitir la resolución de impacto ambiental en el procedimiento de evaluación del proyecto City Park / City Center por lo que, al hacerlo, se violó la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente en el Estado de Guanajuato y el Reglamento para la Gestión Ambiental del Municipio de León”, dijo.
El abogado especificó que siempre sostuvieron que la competencia para evaluar el proyecto no era municipal. En este sentido, señaló, aun esta por confirmarse si es a la Federación o al Estado de Guanajuato a quien le correspondía evaluar y en su caso autorizar o negar el Proyecto City Park/City Center, lo que esta claro es que no le correspondía a la Dirección General de Gestión Ambiental del municipio de León.
Comentó que lo valioso de la Respuesta de la Semarnat a la Comisión para la Cooperación Ambiental es que finalmente zanja el debate en torno a si el municipio de León era o no competente.
En agosto de 2019, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) emitió un oficio en la que indica que el Humedal del Parque Los Cárcamos cumple con los requerimientos para ser considerado un humedal pues es un área permanentemente inundada, hay vegetación hidrófita y hay suelo hidromórfico. Además de que acuerdo con el CIATEC, A.C., es abastecido por aguas subterráneas provenientes de la Presa El Palote y afluye, aguas abajo, hacia el sur de la Ciudad, hasta el Río Turbio, el cual cuenta con una declaratoria de propiedad nacional, por lo que, de acuerdo con la Constitución y la Ley de Aguas Nacionales, las aguas del Humedal son consideradas, también propiedad nacional.
Frente a esta determinación, el ”Fideicomiso MRP LEÓN CIB/2467”, quien construye el Proyecto, solicitó y obtuvo un amparo que deja insubsistente el oficio de la Conagua e impide a la Profepa utilizar ese oficio en las investigaciones que realiza en la denuncia popular presentada, también, por la Plataforma Salvemos el Humedal Los Cárcamos; sin embargo, la Profepa (Procuraduría Federal de Protección al Ambiente) interpuso un recurso de revisión que esta por resolverse en el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en el Decimosexto Circuito, por lo que aun no se define si la autoridad competente en materia de impacto ambiental en el caso del Proyecto City Park / City Center era la Federación o el Estado.