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viernes, marzo 29, 2024

Salvaguardia, respiro a corto plazo para la industria del calzado

Lorenza Martínez Trigueros, Subsecretaria de Economía Federal. Foto: Mario Armas

Después de proponer la medida de salvaguardar el calzado chino para la fecha de termino de las medidas der transición, Lorenza Martínez Trigueros, Subsecretaria de Economía Federal, acompañó a autoridades estatales y municipales al corte de listón inaugural para la edición de SAPICA PV2012, donde mencionó la situación que enfrenta el comercio en general ante la inminente entrada del comercio Chino a México.

Mencionó que los precios de alerta se han trabajado junto con el sector y se estarán revisando con los interesados; además de que en las mesas que se han estado trabajando en el tema de la salvaguardia e integrar toda la información con la que se cuente, para tener claro cuáles son los elementos que se necesitan para estar dando monitoreo a todas las importaciones  en primer plano y en segundo, los precios de alerta.

La Subsecretaria  comentó que se están contemplando 17 fracciones arancelarias, entre ellos textiles, vestidos y bicicletas, las más sensibles del sector. “Estamos en proceso de implementarlos para que estén en aduanas para a fines este año, pero esperemos que con los agentes aduanales este muy pronto”.

Además de que el refrendó que las gestiones se están realizando desde las partes  de los insumos, incluso en las condiciones de los mercados internacionales, “por eso debemos de estarnos reuniendo de forma frecuente, para poder tener toda la información y actualizarla”.

Finalizó con que no se generalizaran las medidas arancelarias para el resto de los sectores, solamente serán para los sectores más afectados por prácticas de comercio desleal.

¿Que es la Salvaguardia?

Según datos de la Organización Mundial del Comercio, un miembro de la OMC puede adoptar una medida de “salvaguardia”, la cual es restringir temporalmente las importaciones de un producto, para proteger a una rama de producción nacional específica de un aumento de las importaciones de un producto que cause o amenace causar daño grave a esa rama de producción.

Siempre se pudo recurrir a estas medidas en el marco del GATT (artículo XIX). No obstante, no se utilizaron con frecuencia, al preferir algunos gobiernos proteger las ramas de producción mediante medidas de “zona gris” (acuerdos de restricción “voluntaria” de las exportaciones de productos tales como los automóviles, el acero y los semiconductores).

El Acuerdo de la OMC sobre Salvaguardias aportó innovaciones al prohibir las medidas de “zona gris” y establecer plazos para todas las medidas de salvaguardia (“cláusula de extinción”).

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