Guanajuato. En abril, millones de contribuyentes en el país, en particular las personas físicas, deben presentar su declaración anual ante el SAT. Aunque para muchos este proceso representa una obligación fiscal, también puede ser una oportunidad para recuperar dinero mediante una devolución de impuestos.
Por ello, en Zona Franca entrevistamos al fiscalista y especialista contable Eduardo Morales, quien ofrece una guía práctica sobre quiénes deben declarar, cómo se genera un saldo a favor y qué hacer si el SAT niega la devolución.

“Lo más importante que debemos identificar cuando estamos en el tema de las declaraciones es, primero, ¿quién lo tiene que presentar? La regla general es: todos los contribuyentes del país”, puntualizó.
Según datos del SAT, durante el ejercicio fiscal 2023 se devolvieron más de 510 mil millones de pesos a contribuyentes, lo que representó un incremento del 13.4% respecto al año anterior. La mayoría de estas devoluciones correspondieron a personas físicas, especialmente asalariados que dedujeron gastos médicos y educativos.
En abril de 2024, el SAT reportó que más del 80% de las declaraciones presentadas en los primeros días arrojaron saldo a favor, lo que evidencia la importancia de realizar el trámite a tiempo y con información completa.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual?
Morales explicó que la declaración aplica para personas físicas en distintos regímenes, no solo para quienes tienen actividad empresarial.
“Estamos en la víspera de la presentación de las personas físicas. Dentro de este grupo están quienes tienen actividad empresarial, asalariados, o están en regímenes especiales como el de confianza o plataformas digitales”.
En el caso de los asalariados, la obligación depende de situaciones específicas:
“Si trabajaste para más de un patrón durante el año, ya estás obligado a presentar declaración anual. Incluso si trabajaste en dos empresas al mismo tiempo”, explicó.
¿Cómo obtener una devolución de impuestos?
El especialista detalló que uno de los factores clave para acceder a una devolución es contar con deducciones personales válidas y debidamente facturadas.
“Si durante el ejercicio fiscal tuviste gastos como dentales, psicológicos, nutricionales, funerarios, hospitalarios, colegiaturas o transporte escolar, y pediste factura como deducción personal, es muy probable que te resulte un saldo a favor”.
También aclaró que todo debe estar bien registrado ante el SAT.
“Una vez que tenemos nuestras deducciones personales y están bien cargadas en el ejercicio 2024, el SAT automáticamente calculará si tenemos impuestos a favor”.
¿Qué puede impedir la devolución?
Morales señaló que uno de los problemas más frecuentes ocurre cuando ciertos conceptos no aparecen en la plataforma del SAT, como los pagos al Infonavit.
“Por ejemplo, que el Infonavit no haya timbrado los descuentos de los pagos del crédito y de los intereses. Si eso no aparece, el SAT no nos autoriza la devolución”, advirtió.
En caso de inconsistencias, se debe iniciar un proceso de aclaración.
“Tendremos que acudir a un procedimiento administrativo para que la autoridad fiscal resuelva si tenemos derecho a la devolución o no”.
¿Qué hacer si el SAT niega la devolución?
El especialista indicó que, si el SAT rechaza una devolución, los contribuyentes pueden presentar medios de defensa.
“Podemos acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), que ofrece asesoría gratuita, o contratar a un abogado especialista para interponer un recurso de revocación o un juicio de nulidad”.
¿Por qué muchos no lo hacen?
Comentó que, a pesar de tener derecho a devolución, muchas personas no hacen valer este beneficio.
“No muchas personas hacen este tipo de trámites porque no tenemos la experiencia ni el conocimiento técnico para manejar plataformas digitales. Hay que estar familiarizado con el portal del SAT y tener claro cuáles fueron nuestros ingresos y deducciones”, apuntó.
El especialista también advirtió sobre los riesgos de omitir ingresos.
“Si durante el año tuviste ingresos por rentas o depósitos no reportados, es posible que el SAT detecte esos movimientos y, en lugar de darte devolución, te resulte saldo a pagar”.
¿Eres nuevo presentando tu declaración?
El consejo del experto para quienes presentan declaración por primera vez es claro:
“Invito a los contribuyentes a que se acerquen directamente al SAT o a la Prodecon. Ambas instituciones ofrecen asesoría gratuita. Y si hay posibilidad económica, acudir con un especialista que, aunque cobra, tiene el conocimiento para manejar la situación correctamente”.