Guanajuato, Gto. La pena carcelaria de 50 años impuesta al feminicida de Milagros Montserrat, ha sido la más elevada en los últimos años, sin embargo, el Poder Judicial del Estado todavía no ha resuelto imponer la sanción máxima de 70 años establecida en el Código Penal.
De acuerdo con el portal de transparencia del Poder Judicial del Estado, de enero de 2020 a la fecha, se han impuesto 15 sentencias por el delito de feminicidio, una de ellas (2021) absolutoria tras un proceso de revocación promovido por la defensa del imputado.

La pena más baja que ha impuesto el Poder Judicial en este periodo, es de 18 años y nueve meses, proceso que fue resuelto en 2020, y la más elevada ha sido precisamente la sentencia contra Miguel de Jesús, quien en la vía pública privó de la vida a Milagros Montserrat en agosto de 2023 en la ciudad de León.
Las 15 sentencias emitidas por el Poder Judicial del Estado en los últimos años se dividen de la siguiente manera:
Año de sentencias emitidas | Sanciones carcelarias impuestas por el PJE |
2020 | *27 años y 6 meses
*18 años y 9 meses *37 años y 6 meses *37 años de prisión |
2021 | *Sentencia absolutoria
*37 años y seis meses *43 años de prisión *32 años
|
2022 | *37 años y 8 meses
*33 años y 6 meses |
2023 | *45 años |
2024 | *23 años de prisión
*45 años de prisión *23 años |
2025 | 50 años (Caso Milagros Montserrat) |

¿Cómo se encuadra el delito de feminicidio?
El delito de feminicidio, tras la reforma al Código Penal hecha en abril de 2024, establece una sanción mínima de 35 años de prisión, y una máxima, sumando las agravantes, de hasta 70 años de cárcel.
Para que el asesinato de una mujer sea tipificado como feminicidio, la legislación establece que la víctima sea mujer, que la privación de la vida se haya cometido por razones de género.
También se establece en la ley como elementos para tipificar el feminicidio si la víctima presento signos de violencia sexual, lesiones previas a la muerte, o que haya habido antecedentes violentos del agresor.

En los elementos se suma si la víctima fue incomunicada previo al hecho, que el cuerpo de la víctima expuesto o exhibido en un lugar público, el estado de indefensión de la víctima y que se haya impuesto o quebrantado un estereotipo de género.
La ley también toma en cuenta si el agresor es familiar, pareja sentimental o tuvo relación de pareja con la víctima previo al ataque, para poder encuadrar el asesinato en el delito de feminicidio.
Previo a la reforma de abril del 2024, la pena máxima era de 60 años, pero al agregarse como agravante si la víctima es menor de edad, es adulta mayor, tiene alguna discapacidad o está embarazada, la sanción máxima aumentó a 70 años.