León, Gto. Miguel de Jesús “N”, fue declarado culpable de cometer “feminicidio no íntimo” contra Milagros, por una agresión que fue videograbada y se cometió el pasado 10 de agosto de 2023.
Lo anterior, fue determinado este martes durante en audiencia, aunque será hasta el próximo viernes 7 de febrero cuando se le imponga una sanción, es decir, que el juez señale cuántos años tendrá de prisión.

Aunque no se dio una resolución formal, el juez Luis Gona García, determinó que el delito a perseguir será feminicidio no íntimo, esto debido a que no había una relación ni de amistad, ni cercana entre Miguel y Milagros, sino que se trató de un encuentro circunstancial.
El juez determinó lo anterior, considerando que las características de este ataque coinciden con el delito de feminicidio y que no fue resultado de un intento de robo, como alegaba la defensa de Miguel.
Cabe destacar que el desahogo de esta audiencia tuvo como único fin, demostrar por qué el crimen cometido contra Milagros Monserrat fue un feminicidio, y no un homicidio culposo por un robo, como lo manifestó Miguel de Jesús “N”, quien afirmó y aceptó que lesionó a Milagros, pero porque su intención era robarla.
Sin embargo no se pudo comprobar que en realidad esa fuera su intención, ya que los agentes del Ministerio Público desde un inicio encontraron todas las pertenencias que llevaba ese día Milagros Monserrat, pues no le hacía falta nada, ni siquiera su celular.
En el desahogo de la audiencia, el juez dio varios señalamientos del por qué se clasificó el delito como feminicidio. Y al menos había dos razones para hacerlo: una que se había asesinado a una mujer con violencia en la vía pública; y segunda, por las lesiones que causó esta agresión.
A detalle, el juez dio a conocer que desde un inicio de la investigación, el delito se hizo por un presunto feminicidio, y con perspectiva de género por tratarse de un asesinato con violencia contra una mujer, ya que había indicios de que se había cometido este delito.
Tras recabar varias pruebas y testimonios, entre ellos el video que se hizo viral aquel 10 de agosto que fue el momento en que asesinaron a Milagros, se demostró que Miguel de Jesús “N” era quien habría cometido el acto.
Derivado de ello, provocó lesiones, las cuales fueron consideradas inflamantes y degradantes, es decir, que buscaba hacerle daño a Milagros, ya que la mayoría fueron cerca del rostro, con el fin de desfigurar o hacer un daño en ella.
De acuerdo con uno de los informes que realizó una de las peritos que estuvo en el caso, Milagros fue asesinada no por ser ella, sino por el hecho de ser mujer, en principio porque no hay ningún tipo de relación o vinculación con Miguel de Jesús “N”. Y segunda por los datos que se investigaron del presunto agresor.
Para dar el fallo como feminicidio no íntimo, hubo acciones que se analizaron del perfil criminal de Miguel de Jesús “N”, las cuales las investigó un perito y las presentó como línea de investigación las cuales fueron:
- Las caracterizadas de la escena del crimen, que fueron un análisis del modus operandi (forma de actuar).
- Milagros fue una víctima de oportunidad para un hombre que descargó su ira contra ella.
- Las heridas que realizó Miguel de Jesús “N” eran innecesarias y con desprecio a de persona, ya que el objetivo era utilizarla como objeto.
El juez Luis Lona también analizó varias leyes respecto al feminicidio para determinar este fallo a favor de Milagros y de su familia, ya que era necesario para analizar el contexto en el que Milagros Monserrat había sido apuñalada, entre ellos la Resolución de la Corte Internacional, la cual fue rechazada; y también el caso de Mariana Lima, porque los protocolos que ya existen pueden jugar en contra.
Entre los protocolos destaca una vida libre de violencia, y la dignidad de las mujeres, así como las condiciones en las que fue asesinada.
Tras esta fallo que se dio en la sala 3 del Poder Judicial de Guanajuato, se espera que la próxima semana, el juez dicte una sentencia contra Miguel de Jesús.