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viernes, mayo 9, 2025

Muerte de Jonatan Osiel en anexo revela fallos graves de autoridades: Especialista

Guanajuato.- El activista, especialista e integrante de Tejiendo Redes por la Infancia, Juan Martín Pérez comentó que el caso de Jonatan Osiel, el adolescente de 14 de edad que murió en días pasados en un centro de rehabilitación, englobaría varios presuntos delitos y omisiones por parte de las autoridades municipales. 

Consideró que debido a la causa de muerte del adolescente, el anexo debería de ser clausurado de manera inmediata, pero antes tendrían que hacer un resguardo de las personas que ahora ahí se encuentran.

Foto: Zona Franca

Esto, mientras se desarrollan las investigaciones pertinentes, ya que se debería de investigar como un posible homicidio, por todas las irregularidades que se presentaron en dicho centro de rehabilitación. 

Juan Martín explicó que de acuerdo a la información que se tiene, la autoridad municipal estaría incumpliendo en la NOM-028-SSA2-2009, la cual de acuerdo a la Secretaría de Salud es una norma mexicana que establece los procedimientos y criterios para la prevención, tratamiento y control de las adicciones en México.

De acuerdo con Juan Martín y dicha norma, para poder ingresar a una persona con más de 12 años de edad a un centro de rehabilitación, tiene que existir una certificación que es una persona con problemas de salud específicos, y un diagnóstico que en este caso debió darse de parte de la Secretaría de Salud, y no por la voluntad de un juez cívico

“De acuerdo a la NOM-028 establecida con la Ley General de Salud y la Ley General de Niños y Niñas la atención para aquellos que tienen algún tema de uso problemático de sustancias tiene que ser diferenciada, pero aquí hay varios criterios, tiene que existir una certificación de que existe un tema de salud específico, no es voluntad de un juez cívico o una autoridad, tiene que existir un diagnóstico de la Secretaría de Salud. 

El internamiento debe de ser voluntario, siempre, salvo que esté en riesgo la integridad del niño o del adolescente o de su entorno, pero esto tiene que estar validado por una autoridad con los estudios previos. Para menores de 16 años solo puede ser ingresados si existen programas y espacios adecuados y sobre todo separados por edad y sexo, de lo contrario deben de ser referidos a instituciones especializadas en atención, es otro tipo de albergues y eso no lo está cumpliendo y ese el principal fallo que tiene”, señaló 

La madrugada del 15 de abril del presente año, el adolescente fue detenido en la vía pública, presuntamente porque consumía algún tipo de droga. Posteriormente fue trasladado a Cepol, y según las autoridades municipales, se buscó a la familia, pero no respondieron por él y la PAPNNA intervino en el caso. 

La decisión que se tomó fue trasladarlo al centro de rehabilitación, La Fortaleza. El 3 de mayo personal de este mismo anexo informó a la PAPNNA que el adolescente estaba muerto, presuntamente se había quitado la vida. 

El activista y especialista en derechos de las infancias y adolescencias, señaló que, a nivel nacional los sistemas DIF han incumplido con esta NOM-028.

“El sistema DIF en su conjunto, es decir con el aval del sistema DIF nacional y los sistemas DIF estatales, en sus expresiones institucionales en sus procuradurías de protección desde hace varios años están incumpliendo la norma mexicana, es decir, la legalidad del ingreso de una persona adolescente a los llamados anexos, tiene profundos, digamos, marcos ilegales”, dijo 

En una entrevista que se realizó al terminar la Comisión de Niños, Niñas y Adolescentes, del municipio de León a la titular de la Procuraduría Auxiliar de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (PAPNNA), Claudia Magdalena Aviña Bueno, explicó que, el adolescente fue llevado a un centro de rehabilitación, el cual se encuentra certificado por la Conasama, porque cuando fue detenido en la vía pública presuntamente consumía drogas, y los policías municipales lo llevaron a Cepol. 

Claudia Magdalena Aviña Bueno. Foto: Zona Franca

La funcionaria municipal aseguró que, ahí los jueces cívicos buscaron a los padres de familia del adolescente, los cuales no quisieron hacerse responsable de su hijo, incluso buscaron una red familiar y no se tuvo respuesta, ante ello y de acuerdo a como marca el protocolo interno del municipio, se solicitó el apoyo de la PAPNNA, quienes decidieron trasladar al adolescente a un centro de rehabilitación, en lugar de una casa de asistencia, porque se trataba de una persona que presuntamente consumía drogas

De acuerdo con la procuradora el equipo multidisciplinario de la PAPNNA tuvo contacto con el adolescente, pero solo fue al momento de su ingreso, y la siguiente intervención se dio el día de su fallecimiento. 

Juan Martín detalló que desde hace muchos años se ha documentado a través de varios reportajes periodísticos y denuncias de las organizaciones que, los sistemas DIF envían a los adolescentes a anexos, como castigo.

“De acuerdo a la norma tiene que existir el consentimiento informado y obviamente tiene que garantizarse el respeto a los derechos humanos, esto es obligatorio, no es opcional. La evidencia es que, en la practica la mayoría de los anexos operan sin regularización estricta, sin supervisión adecuada y se han documentado múltiples denuncias de malos tratos, torturas, condiciones insalubres, castigos físicos, psicológicos, incluso homicidios, este caso no puede considerarse como un suicidio, al ser un establecimiento de alto riesgo, es decir, es una nexo, hay personas con uso problemático de sustancias, no está supervisado, tiene que partir se un posible homicidio”, puntualizó.

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