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jueves, abril 25, 2024

Plantean protección de interés superior del menor sobre pérdida de patria potestad

Guanajuato, Gto. Con el fin de atender el interés superior del menor, los diputados del Partido Acción Nacional, presentaron una iniciativa de reforma al Código Civil para privilegiar este principio en decisiones relacionadas a la patria potestad.

Con lo anterior se clarificará la pérdida de ésta cuando resulte necesaria, idónea y razonable.

Foto: Galo Cañas, Cuartoscuro.

La diputada Jéssica Cabal Ceballos aseguró que la iniciativa  busca la protección de los menores de edad y que en los tribunales se analice cada caso concreto, considerando el abandono de los hijos, edad, madurez, autonomía y los supuestos cuando se pierda el interés en los hijos al momento del nacimiento.

La legisladora panista señaló que el cuidado de los menores, no solo es proteger el tema de salud, seguridad y moralidad de los menores, sino que se implica representar sus intereses con honestidad y que los menores, tengan herramientas emocionales, académicas y sociales para sobresalir y convertirse en adultos exitosos.

“La patria potestad es una institución en beneficio y para la protección de los menores, su pérdida implica el cese del ejercicio de la función encomendada, la cual es definitiva y debe ser declarada mediante resolución judicial. Dicha pérdida, a pesar de considerarse como una sanción civil ante el incumplimiento de los deberes que trae aparejada, no tiene como objetivo castigar a aquel que la ejercía, sino que es una medida de carácter excepcional que busca defender los intereses y beneficio de los menores”, manifestó.

Insistió que la acción que se pretende, es la de reformar la fracción tres del artículo 497 del Código Civil para el Estado, para clarificar que la pérdida de la patria potestad en aras de la protección al menor y los tribunales deberán analizar en cada caso concreto las causas del abandono.

“Esta pauta interpretativa es la que deben tomar en cuenta los órganos judiciales al analizar las causales de privación de pérdida, que hacen referencia al “abandono del menor”, y siempre teniendo presente que estos supuestos, denotan una situación de absoluto desprecio a las obligaciones parentales más elementales y primarias respecto del menor”, indicó.

De igual forma, señaló que se pretende reafirmar la facultad de los jueces para ponderar las circunstancias de cada caso particular, partiendo del principio de que la patria potestad es ante todo, un mecanismo pensado en beneficio de los menores de edad y no solo un derecho de sus padres o de su tutor.

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