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miércoles, abril 24, 2024

Registro de Deudores Alimentario sería facultad de Registro de la Propiedad

Guanajuato, Gto. El Registro de Deudores Alimentarios debería administrarse por el Registro Público de la Propiedad y no por el Registro Civil sugirieron notarios y autoridades estatales que participaron en mesa de trabajo de la Comisión de Justicia.

Durante la reunión se analizó la iniciativa de reforma al Código Civil para el Estado presentada por legisladores del Partido Acción Nacional (PAN) y que contempla que los papás que no paguen la pensión a sus hijos, no puedan realizar movimientos de sus bienes en tanto no hayan realizado el pago.

Sesiona la Comisión de Justicia con el tema de deudores alimentarios (Foto: Especial)

Además contempla que a partir de los 60 días de incumplimiento un padre pueda entrar al Registro Público de Deudores, el cual podría se público y buscaría que los padres cumplan con la obligación alimentaria con sus hijos. Al dar cumplimiento tendrían la posibilidad de solicitar su baja de la lista.

El presidente del Colegios Estatal de Notarios, Francisco Alejandro Lara Rodríguez, reconoció que la propuesta pretende resolver una problemática reiterada, pero consideró que el registro debe estar vinculado al Registro de la Propiedad que al Registro Civil.

“La verdad es que una iniciativa de esta naturaleza tiene la intención de generar una institución jurídica que resuelva uno de los problemas graves que se presentan en nuestra sociedad que es prácticamente, el abandono aquellas personas que tienen necesidad de alimentos, no solamente a los menores de edad… creo que el objetivo del Registro de Deudores Alimentarios de carácter moroso que se ha venido implementando diferentes puntos de la República, se sienta sobre una base deje hacer una presión de carácter social para que cumplan con sus obligaciones y creo que el objetivo que debemos detener es hacer que efectivamente cumplan con sus obligaciones”, señaló.

El director general de Registros Públicos de la Propiedad y Notarias, Luis Miguel Aguirre Aranda, coincidió en la necesidad de garantizar el cumplimiento del padre de otorgar la pensiones alimentarias a sus hijos menores, sin embargo consideró también que no era una competencia que podía atribuírsele al Registro Civil porque era una cuestión patrimonial.

“Definitivamente coincidimos en las esencias de las reformas, son loables, yo creo que debe de haber un cumplimiento estricto más en los temas alimentarios cuando estamos hablando de menores. Hay tratados internacionales y normas que protegen el interés superior del menor, en eso estamos todos de acuerdo, sin embargo en la propuesta de la reforma si tenemos observaciones que ya han estado mencionando mis compañeros, nosotros tenemos una visión específica a partir del Registro Público de la Propiedad consideramos esencialmente no es una competencia que se le pueda atribuir al Registro Civil, dado que los efectos jurídicos que se persiguen son evidentemente patrimoniales”, recalcó.

El director del Registro Civil, Juan Hinojosa Dieguez, se pronunció en el mismo sentido de sus antecesores, pues consideró operatividad en el Registro Civil no sería la idónea para llevar el Registro de Deudores porque su naturaleza era declarativa y que como se está planteando no se lograría lo que se estaba buscando.

Además José Federico Ruiz Chávez de la Coordinación General Jurídica mencionó que la finalidad de la propuesta era loable, sin embargo, sostuvo que discrepa con los mecanismos que se estaban proponiendo y resaltó que el Registro de Deudores y su incorporación al Registro Civil no era compatible.

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