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viernes, abril 19, 2024

Urbanismo para todos

Nos demos cuenta o no, todos somos beneficiarios o víctimas del crecimiento urbano de nuestras ciudades, generando con ello un impacto en el entorno. 

El crecimiento de las ciudades se genera con la expansión de la mancha urbana, la generación y mejoramiento de calles, la creación de nuevos fraccionamientos, la ocupación del suelo para diversos usos.

Ese crecimiento, ordenado o desordenado, regular o irregular, transparente u opaco, con modelos definidos de planeación o con ausencia de gobernanza urbana, modifica la calidad de vida de las personas, impactando factores tan aparentemente dispersos, como la economía, la seguridad, la salud, el transporte, la recreación, entre otros.

En la ciudad confluyen el espacio público y el privado. Uno se da al otro, de tal forma que no podemos desvincular la casa en la que vivimos, con el resto de los elementos del entorno (servicios de agua potable, calles, escuelas o por el contrario, baldíos, falta de alumbrado, caminos sin urbanizar).

Así entonces, el crecimiento de las ciudades y su transformación, genera en nosotros impactos urbanos positivos o negativos, que afectan directamente la calidad de vida de las personas.

Uno de los ejemplos recurrentes y que más genera quejas ciudadanas, es la autorización de usos de suelo y construcción, en áreas inmediatas a la zona habitacional en donde vivimos, como fábricas, gasolineras, salones de fiestas, edificios con alturas considerables, que generan ruidos, vibraciones, olores, congestionamiento vial, entre otros.

No obstante, el crecimiento de las ciudades, incluyendo las inversiones públicas y privadas, tienen una regulación jurídica que identifica sujetos obligados, sus facultades y obligaciones, instrumentos jurídicos y de política pública.

De entre los instrumentos más importantes a los que se refiere la normatividad, es el Programa Municipal de Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecológico Territorial, cuyo sujeto obligado para su aprobación, modificación, actualización y evaluación, es el Ayuntamiento.

Resulta amplio el contenido de los Programas mencionados, no obstante, dos aspectos que deben ser observados fundamentalmente para la población: (A) que contengan de manera exhaustiva los elementos mínimos de los programas, y (B) que el contenido respete los principios de aplicación e interpretación de los Programas.

En los primeros (elementos mínimos de los programas municipales), encontramos que todo programa municipal debe tener: (i) la determinación de zonas ecológicas; (ii) la especificación de usos de suelo; (iii) la delimitación de áreas urbanizadas, para consolidación, para crecimiento y no urbanizables; (iv) las modalidades y restricciones al uso de suelo; (v) la definición de programas para preservar el ciclo hidrológico; (vi) la identificación de alineamientos y de características de del transporte público; (vii) privilegiar la jerarquía de la movilidad (peatones, ciclistas, transporte público de personas, transporte de cosas y bienes, transporte particular y maquinaria pesada); (viii) Identificación del patrimonio natural, cultural urbano y arquitectónico y áreas de valor escénico; (ix) criterios de regulación ambiental; (x) conservar y mejorar el paisaje y la imagen urbana; (xi) identificación de zonas de riesgo; (xii) acciones prioritarias para acrecentar y mejorar el espacio público; entre otros.

En los segundos (principios de aplicación e interpretación), encontramos que todos los programas municipales deben estar diseñados, respetando los siguientes principios: (i) competitividad, (ii) democracia participativa; (iii) equidad social; (iv) habitabilidad; (v) racionalidad; (vi) seguridad; y (vii) sustentabilidad.

De tal manera, podemos encontrar en un programa municipal los elementos para determinar si un uso de suelo otorgado, por ejemplo, para fábrica de equipos de refrigeración, es un uso predominante, compatible, condicionado o incompatible con la zona habitacional en donde vivimos. O, por el contrario, determinar, si el uso de suelo que nos fue negado, en el mismo ejemplo, se encontró o no dicha negativa, apegada al Programa municipal.

En conclusión, toda transformación de la ciudad genera un impacto urbano, por ello debe ser del interés de todo ciudadano participar a escala local, en la construcción de nuestra propia calidad de vida, pudiendo comenzar involucrándonos en la formulación, evaluación y actualización de los programas municipales.

Martín Barajas Torrero
Martín Barajas Torrero
Becario de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para el Programa de Estudios en Derechos Humanos y Políticas Públicas. Consultor en Ordenamiento Sustentable del Territorio. Abogado litigante en derecho administrativo. Incansable observador urbano, construyendo ciudades proveedoras de bienestar. martinbarajastorrero@gmail.com

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