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viernes, abril 26, 2024

Anuncios eróticos en medios de comunicación serán castigados con cárcel

El Senado aprobó hoy una reforma de ley para sancionar con penas de entre 6 y 18 años de prisión a quien publique anuncios en medios de comunicación que promuevan la prostitución, en el marco de la lucha contra la trata de personas.

La Cámara alta aprobó por unanimidad modificaciones a la Ley para prevenir y sancionar la trata de personas en la que queda prohibida la promoción, difusión y facilitación de esta práctica delictiva, que afecta principalmente a mujeres y niños.

De acuerdo con el dictamen de los legisladores, se castigará con 6 a 12 años de prisión y una multa de 500 a 1.500 días de salario mínimo (2.500 a 7.500 dólares) a quien contrate publicidad o publique anuncios para ofrecer los servicios sexuales de un tercero o para que este sea sometido a prácticas esclavitud, servidumbre o extirpación de un órgano.

En caso de que el delito sea cometido contra una persona menor de 18 años la pena será de hasta en 18 años de prisión y 2.250 días de salario mínimo (11.250 dólares).

Durante la sesión, los senadores reconocieron que en medios de comunicación impresos abundan anuncios que promueven relaciones sexuales de damas de compañía, masajistas o escoltas.

El Comité de los Derechos de los Trabajadores Migrantes de Naciones Unidas criticó a principios de este mes la incapacidad de México para perseguir y procesar a los responsables de la trata de personas.

Este mismo año el presidente de México, Felipe Calderón, promulgó el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas que cuenta con 58 líneas de acción relacionadas con campañas de sensibilización, prevención y denuncia.

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