El periodista José Cardenas comparte desde su cuenta de Twitter una lista de acciones que se consideran delitos electorales.
Tales delitos describe conductas prohibidas para cualquier persona, tales como:
a) Votar cuando no se tiene derecho;
b) Hacer proselitismo o presionar a los votantes en las casillas el día de la elección;
c) Comprar o comprometer, por cualquier medio los votos;
d) Obstaculizar, interferir o impedir el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales;
e) Recoger en cualquier tiempo, credenciales para votar;
f) Coartar o pretender coartar, de cualquier manera, la libertad de sufragio;
g) Violar la secrecía del sufragio;
h) Introducir o sustraer boletas o urnas, es decir, documentos o materiales electorales, del lugar que legalmente les corresponde;
i) Destruir o alterar boletas o documentos electorales;
j) Publicar resultados de encuestas o sondeos de opinión dentro de los 8 días previos a la jornada electoral.