León, Gto. Una joven mujer profesionista guanajuatense vive una auténtica persecución por parte de una poderosa empresa de Jalisco, Sanfandila, propiedad de Juan José Vega Guerra. En un proceso plagado de irregularidades, Luz Patricia Díaz Reyes ha sido mantenida en prisión por más de un año en el penal de alta seguridad de Puente Grande, donde dio a luz a su hija. Hoy, espera que la resolución de un amparo la ponga en libertad.

El 9 de junio de 2015, alrededor de la 1 de la tarde, Luz Patricia salió de su trabajo para ir por su hijo a la escuela. En el camino, fue interceptada por un vehículo de la Policía Ministerial de Jalisco mientras conducía por el Bulevar Mariano Escobedo de León. Patricia aceptó subirse a la patrulla, pues le indicaron que sólo le harían algunas preguntas. Ahí comenzó el viacrucis que dura hasta la fecha: las preguntas se convirtieron en una detención sin explicaciones y en un traslado a Lagos de Moreno, donde se enteró que estaba siendo acusada por la empresa Dinali S.A. de C.V. por robo calificado por casi 5 millones de pesos.
Pese a que inicialmente se le acusaba de fraude y que un juez señaló que no había elementos para comprobar algún ilícito, se giró la orden de aprehensión en contra de Patricia con toda celeridad por robo, contrastando con la lentitud en la que se ha desarrollado el proceso.
Dinali es una empresa hermana de la Agropecuaria Sanfandila, sociedad que es presidida y en la que además funge como apoderado legal Juan José Vega Guerra, quien también es Vocal Presidente del Parque Agro Tecnológico Xonotli, subsidiado por el Gobierno de Guanajuato.
Patricia nunca trabajó directamente para Dinali, sino que fue subcontratada por Organización y promoción MAG S.A. de C.V. para captura y descarga de facturas de la empresa comercializadora de pollo, cerdo y huevo, trabajo que realizó del 1 de enero de 2011 a abril de 2012.
El proceso legal
Al interior de Dinali, desde octubre de 2011 se comenzó a mostrar preocupación por la pérdida de algunas facturas, así se constata en correos electrónicos que son parte del expediente. Pero fue hasta febrero de 2013 que se inició un proceso en contra de Luz Patricia, Juan Gerardo Pedroza y Alejandro Reynoso Gómez por fraude genérico.
La denuncia se realizó por los faltantes de los folios del 8001 al 8500 de la serie CE. El desorden administrativo era tal, que un año después, la empresa desconocía el total de las mermas económicas; de hecho, se encontraron la mayoría de los documentos, y se detectaron que entre 40 y 50 facturas contenían erróneamente la serie HME
Esto fue suficiente para suponer que se había cometido un delito, motivo por el cual, el representante legal de Dinali, Moisés Arturo Villarruel Barajas interpuso la denuncia por fraude. En su declaración, asegura que Díaz Reyes trabajaba para dicha empresa como Jefa de control interno y que su participación consistió en utilizar su clave personal para hacer el cambio de los folios de las facturas.
La etapa de averiguación judicial se llevó a cabo en el Juzgado Regional de Primera Instancia Especializada en Justicia Integral para Adolescentes del Tercer Partido Judicial de Lagos de Moreno, Jalisco. Se avocó el conocimiento de los hechos el 11 de marzo de 2014, con el número de expediente 65/2014-P. Catorce días después, se negó la orden de aprehensión, pues no se acreditó el delito. La empresa revocó la orden, pero se lee en el Expediente 65/2014-P TOCA 521/2014 de la Décima sala del Supremo Tribual de Justicia en el Estado de Jalisco. Juzgado Regional Especializado en Justicia Integral para Adolescentes en Lagos de Moreno que:
Aunado a lo anterior no se ha acreditado dentro de las constancias que integran el presente sumario, que los indiciados hayan tenido conocimiento de algún error en el que se encontrara la persona moral ofendida para cometer el supuesto desfalco denunciado, por tanto no puede considerarse demostrado el elemento constitutivo de engaño o error teniendo aplicación el criterio…
Por lo que el 14 de agosto de 2014 el Juez Regional especializado en materia de justicia integral para adolescentes, Francisco Ulloa Sánchez negó decretar la orden de aprehensión.
A pesar de haberse rechazado los argumentos para sustentar el delito de fraude, con la mismo documentación, se interpuso una denuncia por robo calificado, del cual se generó el expediente 134/2015-B ante el Juez Penal III partido judicial en Lagos de Moreno. El monto estipulado es de 4 millones 946 mil 217 pesos con 82 centavos.
Así, el 17 de junio de 2015 se giró orden de aprehensión por robo calificado en contra de Luz Patricia, nueve días luego de haber sido detenida.
El 13 de octubre de 2016 se realizará la siguiente audiencia en la que se conocerá el estatus de la solicitud de amparo, pues, con la entrada en vigor de la Miscelánea Penal el 18 de junio de 2016, solamente merecen prisión preventiva oficiosa los delitos graves, no así el de robo, y por lo tanto Patricia podría obtener la libertad y regresar a casa con su marido e hijo mayor.
Irregularidades
1. En este caso han sucedido varias inconsistencias, por ejemplo, que el proceso se realice en el Estado de Jalisco, en los documentos se asienta que “todos los hechos tuvieron verificativo en Lagos de Moreno”. Sin embargo, Patricia y los otros acusados, trabajaron en León, los presuntos delitos tuvieron verificativo en la ciudad guanajuatense y la empresa Dinali, tenía sus oficinas en Mariano Escobedo 4101, Colonia San Isidro, por lo que no hay explicación para que el juicio se lleve a cabo en otro estado.
Patricia está internada en el penal de Puente Grande, pues al momento de su detención, tenía 32 semanas de embarazo y era la cárcel en la que se le podía dar la atención que requería. El 25 de julio de 2015, dio a luz a una niña, la cual se encuentra en prisión con su mamá.
2. Díaz Reyes nunca fue informada de que era sospechosa ni por fraude, ni por robo, ella se enteró de eso hasta el momento en que fue detenida, cuatro años después de que comenzaran las primeras indagatorias. Cuando Patricia fue detenida por la policía jalisciense, en el interior del vehículo se encontraba Villarruel Barajas, representante legal de Dinali, quien le dijo que no se preocupara, que era un asunto menor.
Unas horas después, el 10 de junio, con toda premura fue puesta a disposición del Juez Penal del III partido Judicial de Lagos de Moreno, Jalisco.
3. Las irregularidades que en teoría sustentan el caso, no han sido documentadas, el 28 de agosto 2014 en el oficio IJCF/00243/2014/12CE/CO/14 del perito adscrito al Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, Jaime Montes Gutiérrez se indica que la información ofrecida “es insuficiente, limita el examen efectuado e impide obtener los elementos de juicio competentes y suficientes para ofrecer una opinión profesional sobre la misma”.
La parte acusadora representada por Moisés Arturo Villarruel Barajas no entregó la información extra que el perito le solicita, pese a haberse comprometido a hacerlo. Se le pidieron: manual de procedimientos o política de ventas e ingresos, estados financieros mensuales, balances de comprobación, informe de auditoría interna, reporte contable del almacén, inventarios iniciales y finales, reporte contable de los clientes, conciliaciones bancarias, listas de precios autorizados, las pólizas de reclasificación del detrimento patrimonial, etc.
Se han solicitado en dos ocasiones la realización de un peritaje, sin embargo, la parte acusadora no se ha presentado a las citas. La próxima será el 11 de octubre de 2016.
4. Un peritaje que la parte acusadora realizó corrió a cargo de Alexis Salvador Briones Lara, ex empleado de Dinali que fue despedido por malos manejos. Esta es la información que le llegó al perito Montes Gutiérrez.
5. Juan Gerardo Pedroza, es el único de los acusados que aceptó que realizó “malos manejos” por más de un millón de pesos, debido a “errores y descuidos”. Incluso se le levantó una acta administrativa y firmó pagarés para reponer el monto cuando trabajaba en Dinali. Hasta donde se sabe, no pagó el adeudo. Actualmente está libre.
6. Florencio Alejandro Reynoso Gómez dejó Organización y Promoción MAG alrededor de mayo de 2015. Está libre, se desconoce su paradero.
7. Tres testigos y pruebas documentales indican que Luz Patricia no trabajaba para la filial de Sanfandila y señalan que su jefe era Florencio Alejandro Reynoso Gómez. Además niegan que su trabajo estuviera relacionado con recibir dinero en efectivo o cheques o hacer alguna transacción bancaria. Tampoco tenía contacto con clientes, proveedores, empleados de producción, etc. Sin embargo, se le dio más peso a la declaración del representante legal, quien es el único que la involucra.
8.- El representante legal, Villarruel Barajas, en su curriculum vitae publicado en Linkedin, señala que se encarga de la vigilancia de Sanfandila. Anteriormente a eso, fue comandante de la policía en Lagos de Moreno.
Imágenes del Juzgado Penal III Partido Judicial en Lagos de Moreno
Sanfandila
Sanfandila es una empresa con 50 años que produce, industrializa y comercializa alimentos de origen animal y vegetal ubicada en Lagos de Moreno. Tiene centros de distribución en Guanajuato, Jalisco, Zacatecas, entre otros.
Según explica en su página, los valores que tiene la empresa son: compromiso: respetar acuerdos y objetivos; honestidad: hablar y actuar con la verdad y responsabilidad: actuar y conducirse conscientemente.
Por lo pronto, la familia y abogados de Patricia utilizarán todos los recursos legales que están a su alcance, para poder tener un juicio justo y en condiciones favorables, lo que no ha ocurrido hasta ahora en el sistema judicial del estado de Jalisco.