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jueves, mayo 8, 2025

Publica gobierno de Guanajuato decreto para el pago de liquidaciones de servidores públicos

GUANAJUATO, Gto.- El gobierno de Guanajuato informó que se apegará al decreto gubernativo que hace referencia a la entrega de liquidaciones a los funcionarios públicos que se ha publicado en el Periódico Oficial donde establece que los servidores que sean despedidos de manera justificada no tendrán derecho a la prestación, tampoco aquellos que se separen para incorporarse en cualquier dependencia gubernamental.

A través de un comunicado de prensa emitido por la oficina de Comunicación Social del gobierno estatal, se informó que al término del período de gobierno 2006-2012 tampoco se entregará liquidación a los servidores públicos que transiten a cualquiera de los poderes estatales, organismos autónomos, dependencias y entidades del sector público estatal.

Anunció también que la Secretaría de Finanzas y Administración, aseguró que aunque no existe una bolsa específica para la liquidación de funcionarios, sí hay solvencia económica para este proceso, siempre “con el compromiso de respetar los derechos laborales de cada uno de los trabajadores”.

De a cuerdo al decreto gubernativo 226 publicado el viernes de la semana pasad y con vigencia hasta el 31 de enero del 2013, expone cada caso por antigüedad de los trabajadores estatales para hacerse acreedor a una liquidación.

En primera instancia menciona que “para los servidores públicos que acrediten tener una antigüedad mayor a cinco años, inmediatamente anterior a la separación, el monto de la prestación consistirá en el equivalente a tres meses de su salario integrado y 12 días de salarios pro cada uno de los años de servicio prestados”.

Agrega que en caso de que los servidores públicos acrediten tener una antigüedad mayor a cuatro y hasta cinco años de servicio inmediato anterior a la separación, el monto de la prestación consistirá en el equivalente a dos meses de salario integrado y 12 días de salario por cada uno de los años de servicio.

Sostiene que para el caso de los servidores públicos que acrediten tener una antigüedad mayor a 1 y hasta 4 años de servicio inmediatamente anterior a la separación, el monto de la prestación consistirá en el equivalente a un mes de salario integrado y 12 días de salario por cada uno de los años de servicio prestado.

También menciona que a los servidores públicos que hayan prestado sus servicios con una antigüedad menor a un año, se les determinará el pago de la prestación en forma proporcional al tiempo laborado, conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.

Dicho decreto que ordenó el gobernador Héctor López Santillana, manifiesta que “no tendrán derecho a la prestación “señalada en el decreto, aquellos servidores públicos que sean separados del cargo por causa justificada, así como quienes se separen por incorporación a un cargo en cualquiera de los Poderes del Estado, organismos autónomos, dependencias y entidades del sector público estatal, antes del 31 de enero del 2013”.

Finalmente establece que los servidores públicos que hayan recibido la prestación a que se refiere el decreto 226 y se incorporen al servicio de la administración antes del 31 de enero de 2013, deberán reintegrar la parte de la prestación recibida que no corresponda a los 12 días de salario por cada uno de los años de servicio prestado en un plazo de 15 días hábiles.

Los funcionarios tendrán derecho a recibir en una sola exhibición la prestación, misma que se entregará dentro de los quince días siguientes al último día laborado.

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