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jueves, abril 18, 2024

Tribunal electoral falla a favor de panistas

El día de ayer 11 de mayo el Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato falla a favor del Partido Acción Nacional en la demanda interpuesta por los partidos Revolucionario Institucional y Revolución Democrática por cometer presuntos actos anticipados de campaña, en  el  recurso  de  revisión  02/2011-IV.

El fallo que dicta el Tribunal Electoral estipula que “el  agravio  es  infundado,  habida  cuenta  que  los actores parten de una premisa inexacta.”

También se confirmó una sentencia de la Cuarta Sala Unitaria del Tribunal Electoral de Guanajuato, con la que revocó la determinación del Consejo General del Instituto Electoral local, relacionada con la medida preventiva impuesta al PAN y diversos militantes por la presunta realización de actos anticipados de precampaña para la elección de gobernador en dicha entidad federativa.

Esto después de que es el PRI y PRD interpusieran una demanda ante el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato  (IEEG) el 2 de febrero del 2011 acusando al PAN por actos  anticipados  de  precampaña,  prohibidos  en  los artículos  174  Bis  y  174  Bis  1,  del  Código  de  Instituciones  y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato. 

Refiriéndose como actos anticipados a reuniones privadas y visitas domiciliarias del cual, el presidente del Comité Directivo Estatal del PAN Fernando Torres Graciano presentó recursos para la revocación fallando a su favor, en el juicios electoral del expediente SUP-JRC-88/2011 y SUP-JRC-89/2011.

Antecedentes

El 15  de  diciembre  del 2010,  los  partidos Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y del Trabajo,  interpusieron  “dentro  del  procedimiento  sancionador electoral”, una denuncia en contra el Partido Acción Nacional, José  Ángel  Córdova  Villalobos,  Luis  Alberto  Villareal  García, Javier Usabiaga Arroyo, Miguel Ángel Salim Alle, Miguel Ángel Márquez  Márquez,  Ricardo  Francisco  Scheffield  Padilla,  José Gerardo  Mosqueda  Martínez,  Humberto  Andrade  Quezada  y Ricardo  Torres  Origel. 

Esto por  haber  realizado  “reiteradamente  y durante  todo  este  año,  diversos  actos,  reuniones  y  visitas domiciliarias    con  la  finalidad  de  posicionarse  de  manera personal  como  aspirantes  a  la  candidatura  a  gobernador  del Estado  de  Guanajuato  mediante  las  siglas  del  Partido  Acción Nacional.”. 

Los actores de la  queja  formulada fueron  los ciudadanos  José  Luis  González  Uribe,  Agustín  Miguel Alonso Raya y José Manuel Delgado Reyes, Presidente del  Comité  Directivo  Estatal  del  Partido  Revolucionario Institucional, Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido  de  la  Revolución  Democrática  y  representante suplente del Partido del Trabajo ante el Consejo General, respectivamente.

Inconformes los actores en contra de la resolución pronunciada el 17 de marzo, acudieron al Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato para que se hiciera un juicio de revisión, resolución que dio el  Consejo General del Instituto Electoral de Guanajuato dejando sin efectos la demanda decretada el 2 de febrero del 2011 en el expediente 1/2011-PS/Procedimiento Sumario, y SUP-JRC-88/2011 Y SU  ACUMULADO SUP-JRC-89/2011.

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